Intervención de YPFB por 180 días para mejorar la logística de combustibles
El Ejecutivo ha decidido intervenir YPFB por un plazo máximo de 180 días calendario, medida que responde a las deficiencias observadas en sus operaciones y busca fortalecer la logística de importación y distribución de combustibles.
Este acto queda establecido en el Decreto Supremo 5697, que fue aprobado el 1 de septiembre. En este decreto se crea una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria, encargada de supervisar la gestión de la empresa estatal durante el periodo de intervención.
Posibilidad de prórroga y conclusión anticipada
La intervención puede extenderse excepcionalmente hasta 90 días adicionales, siempre que la situación que motivó esta medida persista, mediante una resolución del Ministro de Hidrocarburos. Por otro lado, si se superan las deficiencias antes de los 180 días, la intervención podría finalizar anticipadamente.
El fundamento de esta intervención radica en las "deficiencias en los procesos de la cadena logística de importación y distribución de carburantes", que representan riesgos para el bienestar público y la seguridad energética del país.
Composición y funciones de la comisión
La Comisión de Intervención estará conformada por ministros o representantes de las carteras de Economía, Producción, Hidrocarburos, Obras Públicas y el Viceministerio de Transparencia. Su enfoque principal será la comercialización, logística y trazabilidad de los combustibles.
Entre sus responsabilidades se encuentran la recomendación de auditorías técnicas, la identificación de irregularidades como el contrabando y el desvío de combustibles, así como la posibilidad de incorporar expertos y solicitar apoyo de entidades estatales para la supervisión y fiscalización.
La comisión tiene el poder de revisar todos los procesos relacionados con la importación, almacenamiento, transporte y comercialización de combustibles, además de formular sugerencias para corregir cualquier deficiencia que afecte la operativa de YPFB.
Asimismo, podrá evaluar decisiones que impacten en el abastecimiento y recursos del Estado, y tiene la facultad de proponer la remoción de personal si lo considera necesario.
El decreto también estipula que la dirección y el personal de YPFB deberán proporcionar la información requerida por la comisión, bajo la advertencia de que el incumplimiento puede acarrear responsabilidades administrativas o penales.
Finalmente, cualquier gasto derivado de esta intervención no requerirá fondos adicionales del Tesoro General de la Nación, ya que se cubrirá a través de los presupuestos de las entidades que componen la comisión.