Bolivia enfrenta restricciones en su derecho al voto en la ONU por deudas financieras
Bolivia ha sido nuevamente incluida en la lista de países que no pueden votar en la Asamblea General de la ONU, debido a la morosidad en el pago de sus cuotas. Esta situación se encuentra estipulada en el artículo 19 de la Carta de la ONU y se menciona en el documento A/81/360, emitido el 3 de septiembre de 2026.
Normativa de la ONU sobre el derecho al voto
Según el artículo 19, un Estado pierde su derecho a voto si su deuda es igual o superior a las contribuciones correspondientes a los dos años previos. Sin embargo, la Asamblea General puede hacer excepciones si se determina que el impago es resultado de factores ajenos al control del país.
El documento también señala a otros países en una situación similar, como Afganistán, Santo Tomé y Príncipe y Venezuela. Para que Bolivia reduzca su mora y pueda volver a votar, se registró la necesidad de un pago mínimo de $us 270.102. En contraste, Venezuela debe más de $us 122 millones para regularizar su situación.
Esta no es la primera vez que Bolivia enfrenta esta situación. En septiembre de 2025, el país había recuperado su derecho al voto tras un pago gestionado por el Gobierno, que argumentó dificultades para acceder a dólares. No obstante, en enero de 2026, la ONU volvió a incluir a Bolivia en la lista de países en mora, a pesar de que la Asamblea había permitido mantener su derecho al sufragio hasta el final del 80.º período de sesiones.
Con el inicio del 81.º período de sesiones, la excepción previamente otorgada ha finalizado, dejando a Bolivia nuevamente bajo las restricciones del artículo 19. La ONU sostiene, por el momento, al país en la lista de naciones en deuda, junto a Afganistán, Santo Tomé y Príncipe y Venezuela.